Asesoría en Santander //.
Inmersos en el mes de mayo, seguimos con nuestro blog sobre el emprendimiento. Este mes es el mes del IRPF y aprovechando esa coyuntura vamos a desarrollar el aspecto de la fiscalidad de la empresa.
Unas de las decisiones más importantes que todo emprendedor debe tomar es el diseño de la fiscalidad más adecuada para su proyecto. No nos cansamos de aconsejar a los emprendedores que un asesoramiento inicial en esta materia es la mejor de las inversiones.
Existen varias posibilidades según la idea que se vaya a desarrollar como empresario individual o en unión con más emprendedores, pero no vamos a comentar los entresijos de las distintas formas sociales o los “pros y contras” de cada una de ellas; nos centraremos en establecer alguna reflexión sobre una figura, de la que también se ha escrito mucho últimamente: la sociedad civil (SC).
Las SC son, desde el 1 de enero de este año, sujetos pasivos del impuesto de sociedades. Este hecho ha llevado a muchas de ellas a disolverse o a transformarse y han quedado, en la práctica, en un segundo plano.
La elección de una forma jurídica adecuada es de vital importancia para cualquier idea de negocio. (Fuente de la imagen)
Realmente este cambio legal ha supuesto que pierdan parte de su atractivo ya que empiezan a tener que llevar una contabilidad completa para poder liquidar el impuesto de sociedades. También hay que tener en cuenta que los socios siguen teniendo una responsabilidad patrimonial ilimitada respondiendo de las deudas con sus patrimonios presentes y futuros.
Ante esta situación, ¿merece la pena considerar la opción de iniciar el negocio como sociedad civil? La respuesta es sí. No podemos desechar ninguna forma jurídica antes de analizar sus ventajas, y las SC siguen manteniendo un atractivo muy importante ya que los emprendedores que se constituyen como SC siguen disfrutando de la “tarifa plana” de las cuotas de la Seguridad Social de los autónomos.
Cualquier otra figura de sociedad mercantil no goza de dicho privilegio, todo lo contrario, los autónomos societarios tienen, incluso, una cuota mayor que los autónomos empresarios individuales. De este modo, el gasto de las cuotas de la Seguridad Social de los primeros dos años es sensiblemente mayor, por ejemplo, constituyendo una sociedad de responsabilidad limitada que constituyendo un sociedad civil.
Si necesitáis asesoramiento sobre la forma jurídica más adecuada para vuestro proyecto o cualquier otra duda recordad que en Asienta Asesores estamos especializados en ayudar a los emprendedores en la toma de sus decisiones.
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