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¿¿sabías que???

 

Los que me conocéis sabéis que no soy muy partidaria de los cambios en hacienda y/o en seguridad social ya que, por desgracia suelen ser a peor, y en este caso no me equivoco.

Los cambios en las bonificaciones de los contratos de sustitución por maternidad y paternidad tras la última reforma de 2023 son importantes y vamos a comentar lo mas relevante.

Uno de los principales cambios con entrada en vigor el pasado 1 de septiembre de 2023 son los que afectan, en régimen general, a los contratos de sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones nacimiento y cuidado del menor o lactante (antes denominadas como maternidad y paternidad) y riesgo en embarazo o lactancia.

Hasta el pasado 1 de septiembre de 2023, en caso de tener que sustituir a una persona trabajadora en alguna de estas situaciones mencionadas, el coste de seguridad social de la persona sustituida, y el coste de seguridad social de la persona que la sustituye, estaban bonificados al 100% y, en definitiva, implicaba para la empresa un «coste cero».

Esto hacia que este tipo de bajas para la empresa no supusieran problemas económicos importantes.

Pues a partir de ahora, esto ya no es así.

El contrato de sustitución para cubrir nacimiento y cuidado del menor o lactante y riesgo en embarazo o lactancia darán derecho a una bonificación en la cotización de 366 euros/mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación solo si la persona que sustituye es un desempleado menor de 30 años. ´

La persona sustituida tendrá la misma bonificación del 366 €/mes.

Es decir. Hay dos diferencias fundamentales:

* se pasa de una bonificación del 100% de la aportación empresarial por todas las contingencias en el contrato de sustitución de la persona contratada desempleada y en el contrato del trabajador sustituido, a una bonificación máxima de 366 euros/mes

* Y en el caso de la persona que sustituye, debe tratarse de un desempleado menor de 30 años, para poder acceder a la bonificación.

 

Es decir, además de tener que limitar la búsqueda a candidatos de un perfil concreto por edad, la bonificación, al no alcanzar el 100%, puede dar lugar a que la empresa debe afrontar más costes.

La falta de miras de nuestros políticos hace que la gestión de las bajas de maternidad/paternidad que estaba funcionando más o menos bien y que estaba ayudando al empresariado a no ver la maternidad como una losa en las empresas se complique con el pretexto de favorecer la contratación de jóvenes.

Es peligroso retroceder en los avances conseguidos para la integración de la mujer-madre en el ámbito de las empresas. Hay muchas otras formas de apoyar a los jóvenes sin poner en peligro la integración de la maternidad en la vida empresarial.

Esperemos que rectifiquen.