Quiero incrementar los recursos humanos en mi empresa: ¿puedo tener un autónomo trabajando? o ¿tengo que hacer un contrato laboral?
Esta cuestión de los autónomos es muy recurrente, muchas de las consultas que recibimos son relativas a este tema y es que las empresas intentan abaratar costes y cargas sociales mediante la figura del autónomo, pero esto no siempre es factible.
Existen muchos casos mediáticos al respecto tales como los casos de Amazon o Glovo, empresas que han sufrido una regularización por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social precisamente por tratar de autónomos a personal que, a juicio de la Inspección de Trabajo, era asalariado.
Hay muchas definiciones y mucha literatura al respecto pero por mi experiencia lo más fácil para distinguir en qué casos se puede tener un autónomo es considerar dos o tres cosas esenciales.
Partamos de entender que es un autónomo. Un trabajador autónomo es un trabajador por cuenta propia, que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, es decir, con interés de participar en el mercado y ganar dinero, aunque no siempre consiga ganarlo, organizándose y organizando libremente sus recursos personales y materiales y corriendo con el riesgo y ventura de su actividad. Todo este trabajo se realiza sin sujeción a un contrato laboral.
De esta definición se derivan varias preguntas que, al ser respondidas podremos saber si es factible que un trabajo en mi empresa lo desarrolle un autónomo o por el contrario el puesto es claramente de asalariado por cuenta ajena.
¿esa persona:
- ¿Es libre en su organización de métodos de trabajo, horarios, jornada, medios humanos y materiales¿ o ¿debe dar explicaciones si, por ejemplo, no acude a trabajar?
- ¿Es responsable económicamente del resultado, es decir, si las cosas van bien gana dinero y si van mal pierde dinero¿ y si no trabaja por enfermedad, vacaciones, etc ¿sigue cobrando del cliente/empresa?
En la mayoría de los casos respondiendo a estas sencillas preguntas tenemos la pauta para contestar a la cuestión de si un puesto de trabajo se puede cubrir con un autónomo o por el contrario el puesto tiene las características de AJENEIDAD Y DEPENDENCIA de todo contrato laboral
Una vez que se identifica que el puesto no puede ser cubierto con un autónomo y la empresa aun así lo hace está cometiendo una ilegalidad y en caso de inspección tendrá que hacer frente a duras sanciones que le impedirán acceder a subvenciones. Además, de los años no prescritos, hacienda le exigirá las retenciones de las nóminas que debiera haber pagado y la seguridad social le reclamará los seguros sociales que debiera haber ingresado por ese trabajador.
No hay que olvidar que puede ser el propio trabajador el que denuncie su situación aunque aparentemente esté de acuerdo con ella. En ese caso además puede exigir que se le considere indefinido a jornada completa desde que se inició esta situación ya que no se han cumplido las formalidades de los contratos laborales.
Si su empresa se encuentra en esta situación o tiene consultas al respecto, no deje de asesorarse con expertos en la materia. El equipo de Asienta Asesores le atenderá gustosamente. Consúltenos.