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Aunque lo habitual en nuestro blog es centrarnos en la fiscalidad, en este caso os vamos a informar de una novedad en materia de relación con las administración.

 

La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo, establece la obligación de gestionar por vía electrónica a partir del 01 de Octubre de 2018, todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas de los siguientes colectivos:

  • Los trabajadores autónomos por cuenta propia.(RETA)
  • Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
  • Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Incluye la recepción, por comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

 

-El Sistema RED a través de este sistema, el autorizado RED, normalmente su asesoría,  actuará en representación del trabajador autónomo.

 

-La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos sistemas de identificación.

 

Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad.

Los sistemas de identificación admitidos por la Seguridad Social son:

-Certificado digital

-DNIe

-Cl@ve

 

Por lo tanto, si perteneces a algún colectivo de los señalados y ya dispones de un asesor autorizado RED que gestione en tu nombre tus propias obligaciones, no tendrías que realizar ningún trámite.

 

Si por el contrario, eres tú el que realizas tus propias gestiones, estás obligado a tener un certificado digital para constar como autorizado RED y así poder realizar cualquier tipo de trámite con la seguridad social.

 

No obstante, aun teniendo tus gestiones centralizadas en un autorizado RED, para poder permitir al autorizado realizar los servicios por ti, le tendrás que haber autorizado previamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante la siguiente  opción de “asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED” y para ello es necesario que exista certificado digital, Dnie o Cl@ve.

 

En Asienta Asesores estamos a tu disposición para informarte sobre ésta y todas las novedades en materia fiscal y de seguridad social y para aclararte cualquier duda. Llámanos.