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Asesoría en Santander. Entramos en el mes de noviembre, ya casi está terminando el año, por lo que éste sería un buen mes para ir planificando el cierre del ejercicio fiscal de cara a la próxima declaración de la renta.

Además de este  consejo, y como es habitual, os recordamos las obligaciones en materia fiscal para este mes de noviembre:

Hasta el 2 de noviembre

Además de las obligaciones más genéricas a las que nos solemos referir habitualmente, en este caso comentamos otro punto de interés: Los contribuyentes tendrán plazo hasta el próximo 2 de noviembre para presentar la solicitud de inclusión para el año 2016 de la cuenta corriente tributaria a través del modelo de “solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”.

calendario fiscal_noviembre_20151104_02La cuenta corriente tributaria es, básicamente, un sistema de regularización de pagos y devoluciones entre los sujetos pasivos y Hacienda que utiliza el método de compensación de créditos. Así, se hace posible agilizar los pagos y devoluciones compensando unos con otros.

Para poder acogerse a este sistema se requiere que el sujeto pasivo resulte acreedor de la Administración Tributaria por devoluciones continuas, además se deberán de cumplir una serie de requisitos adicionales (no dudéis en consultarnos, si tenéis interés en esta materia).

Hasta el 5 de noviembre

El 5 de Noviembre es la fecha límite para realizar el ingreso del segundo plazo de la Declaración de la Renta de 2014 (el 40% restante) para aquellos contribuyentes que decidieron fraccionar el pago, con o sin domiciliación en entidad bancaria.

En caso de haber optado por la domiciliación de este segundo plazo, deberemos estar pendientes de tener saldo suficiente para que nos pasen el cargo.

En caso de no haberlo domiciliado, deberemos completar y presentar el  modelo 102 para realizar el pago.

Hasta el 20 de noviembre

Las grandes empresas deberán presentar -en relación al mes de octubre del 2015– las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Los modelos a presentar son el 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230. 

Las  empresas que soliciten la devolución mensual (REDEME) de sus cuotas de IVA  presentaran el modelo 303 y  el modelo 340,  y las que hayan realizado operaciones intracomunitarias el modelo 349. Todos ellos relativos  al mes de octubre.

Imagen principal: "Acer japonicum Vitifolium JPG1fu" by Jean-Pol GRANDMONT - 
Own work. Licensed under CC BY 3.0 via Wikimedia Commons - 
https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Acer_japonicum_Vitifolium_JPG1fu.jpg#/media/File:Acer_japonicum_Vitifolium_JPG1fu.jpg