Skip to main content

Manteniéndonos fieles a nuestro cita mensual con el calendario tributario, os recordamos las obligaciones fiscales para el mes de noviembre.

Eso sí, antes de nada, aquellos que habéis fraccionado el segundo pago de vuestro IRPF recordad que se os pasará por el banco el día 5.

En cuanto a los empresarios, en noviembre, como norma general, solo las grandes empresas, tienen obligaciones. Así, hasta el día 20 existe plazo para presentar la declaración mensual relativa al mes de octubre de las retenciones e ingresos a cuenta de:

– Rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.

– Ganancias derivadas de acciones junto a las participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos o capital mobiliario, es decir modelos 111, 115, 123, entre otros.

Asimismo, deberán presentarse, también con el día 20 como límite, los modelos 303, 322, 340, etc., relativos al IVA del mes de octubre.

Si deseáis informaros sobre próximas citas con Hacienda u otros temas sobre fiscalidad os invitamos a visitar el área fiscal de la web.