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Asesoría Santander. Aunque se ha venido comentando ya en diversos foros, posiblemente, no todos conozcan la nueva modalidad de “Impuestos Negativos”, tal y como los denomina la propia Agencia Tributaria,  introducidos tras la reciente reforma fiscal, vigentes desde 1 de enero de 2015 y que supondrán un ahorro fiscal en el IRPF de muchas familias.

Estas deducciones son las correspondientes a descendientes y ascendientes con discapacidad que den derecho a la aplicación mínima por descendientes o ascendientes, y a las familias numerosas. En cada caso, el importe de la deducción puede alcanzar los 1.200 euros anuales; y tratándose de una familia numerosa de categoría especial, hasta los 2.400 euros anuales.

Un ejemplo: pongamos el caso de una familia numerosa de categoría especial con un menor con discapacidad y con un abuelo a cargo con discapacidad también. Las deducciones serian acumulables y ascenderían a 4.800 €.

Es importante recalcar que estas deducciones funcionan igual que la ayuda de los 100 € de la madre trabajadora y son compatibles entre sí. Así, al igual que en la mencionada deducción, para la aplicación de estas deducciones también se exige que:

Se trate de contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.

Solo se disfrutarán los meses que se reúnan los requisitos y tendrán como límite para cada una de las deducciones, las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo.

Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. Pero con el fin de no penalizar la situación de unas familias con respecto a otras existen diferentes modalidades de solicitud, así cabe la posibilidad de ceder el derecho a la deducción a otro contribuyente que tenga derecho a su aplicación respecto del mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa; pensemos el caso de unos padres de familia numerosa que uno de ellos esté en paro, estarían en desventaja respecto de otra familia en que los dos pudiesen cobrar la ayuda.

Recomendamos informarse bien en estos casos ya que existen dos modalidades de presentación, la individual y la colectiva (esta última es en la que se cede el derecho a la deducción), que podrán modificarse cada mes de enero, y optar por una u otra tiene repercusiones importantes.

Se podrá solicitar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria el abono de las deducciones de forma anticipada, cuyo cobro se realizará de forma mensual, para ello bastará con cumplimentar el modelo 143 descargable de la pagina web www.agenciatributaria.es para la solicitud del abono anticipado y presentarlo personalmente o por Internet. También existe el  número de teléfono  901 200 345 donde se puede solicitar aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.

No es necesario presentar ninguna documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos para la deducción, pues la Administración Tributaria se encargará de verificar su cumplimiento ya que posee los datos necesarios para ello, si bien, estamos obligados a comunicar las variaciones que en relación a esto se produzcan.

La Agencia Tributaria está enviando cartas a los potenciales beneficiarios para que puedan solicitar el abono anticipado de estas deducciones. El Gobierno calcula que cerca de 750.000 familias podrán beneficiarse de estas nuevas deducciones que estiman en un importe de 732 millones de euros en 2015.

Por otro lado, la propia Agencia tributaria ha colgado en su página web un apartado especialmente dedicado a este tema con aclaraciones  a las preguntas más frecuentes.

Si se reúnen los requisitos y no se desea solicitar el abono anticipado o el importe que se está recibiendo no es el correcto, se puede regularizar en la declaración correspondiente del IRPF del 2015 que se presenta en el año 2016.

Como conclusión queremos mostrar nuestro apoyo a este tipo de medidas. Está claro que cuando una familia es numerosa o tiene personas a cargo con discapacidad toda ayuda es poca pero no podemos negar que estas nuevas deducciones son un desahogo en este tipo de situaciones. Hay que celebrar este paso adelante en el apoyo a la familia, esperemos que sea el primero de muchos más orientados a la defensa de la familia como base que es de la sociedad.