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El pasado viernes 30 de agosto 2013, se publicó en el BOE la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de agosto 2013, en la cual se autorizan plazos extraordinarios para la presentación de altas y bajas y para la cotización a la Seguridad Social de los “estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas” es decir los llamados becarios.

Plazos:

1-Que la presentación de las altas y, en su caso, las bajas en el Régimen General de la Seguridad Social de dichos estudiantes, para los que esas altas resulten obligatorias desde el día 28 de junio de 2013, pueda realizarse hasta el día 30 de septiembre de 2013.

2-Que el ingreso de las cuotas correspondientes a los meses de junio a agosto de 2013 pueda efectuarse hasta el día 31 de octubre de 2013.

Todo ello, como consecuencia de la publicación en el BOE de 28 junio 2013 del fallo de la STS-CONT de 21 de mayo anterior, declarando la nulidad del RD 1707/2011, sobre prácticas de los estudiantes universitarios.

Sin más, recordar que el RD 1707/2011 anulado, en su disposición adicional primera regulaba la exclusión del ámbito de aplicación de la Seguridad Social y decía textualmente:

“Los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, no serán de aplicación a los estudiantes universitarios que realicen las prácticas académicas externas a que se refiere este real decreto.

En Asienta Asesores estamos tu disposición para resolver cualquier duda o necesidad de información adicional.