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Ya estamos de vuelta!

Después de un mes en el que hacienda nos ha dado algo de tregua, comenzamos Septiembre con las pilas cargadas,  así que pasamos a recordaros las fechas a tener en cuenta. Os adelantamos que solo serán las empresas obligadas a presentación mensual las que deberán presentar impuestos durante este mes.

Hasta el 20 de Septiembre

Las grandes empresas deberán presentar referido al mes de Agosto, las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Los modelos a presentar son el  111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

Las  empresas que hayan realizado operaciones intracomunitarias presentarán el modelo 349 referido a los meses de Julio y Agosto.

Hasta el 30 de Septiembre

La autoliquidación del IVA, mod 303 correspondiente al mes de Agosto.

Por otro lado, os informamos que referente a la nueva obligación que ya os comentamos en el blog del pasado mes de julio del Registro de prestadores de servicios a sociedades, se ha producido una ampliación del plazo de inscripción de los profesionales personas físicas, que en principio era hasta el 4 de septiembre y ahora se podrán inscribir hasta el próximo día 31 de diciembre del 2019, ya que la aplicación informática en la sede electrónica del colegio de registradores no estaba todavía disponible.

Como siempre desde Asienta Asesores estaremos encantados de atenderos ante cualquier duda que os pueda surgir.