¡Como pasa el tiempo! Ya estamos casi en verano y, como siempre, os recordamos las principales obligaciones fiscales para este mes de junio.
Todos sabemos que la mayoría de las empresas presentan sus impuestos trimestralmente y solo algunas lo hacen mensualmente, para estas últimas, hay plazo hasta el día 20 de Junio para presentar la declaración relativa al mes de mayo de:
Las retenciones e ingresos a cuenta de:
- rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta (mod.111),
- ganancias derivadas de acciones junto a las participaciones de las instituciones de inversión colectiva (mod.117),
- rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos (mod.115),
- capital mobiliario (mod.123), etc.
Respecto al IVA, las empresas que estén obligadas a la presentación mensual por su cifra de negocias y aquellas incluidas en el registro de devolución mensual presentaran el modelo 303 y el modelo 340, y las que hayan realizado operaciones intracomunitarias el modelo 349. Todos ellos relativos al mes de Mayo.
Además de lo mencionado, os recordamos que seguimos inmersos en plena campaña de la declaración de la renta (IRPF 2016) por lo que recordaremos las fechas clave que no debéis olvidar:
- Hasta el 26 de Junio: Tenemos plazo para domiciliar el pago de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2016.
- Hasta el 30 de junio, tenemos plazo para la presentación del borrador y de la declaración con resultado a devolver, negativo o a ingresar sin domiciliación.
En Asienta Asesores llevamos toda la campaña resolviendo las dudas de nuestros clientes y muchas de ellas se refieren a las deducciones autonómicas, en nuestro caso para Cantabria, para que no se nos olvide ninguna deducción que pueda nos beneficiar os presentamos un breve resumen.
DEDUCCIONES AUTONOMICAS PARA CANTABRIA EJERCICIO 2016.
Como sabemos el IRPF es un impuesto parcialmente cedido a las comunidades autónomas que, entre otras materias, tienen capacidad de regular algunas deducciones, así que, no es de extrañar que según la comunidad autónoma en la que se resida puedan existir unas deducciones u otras.
En Cantabria, las vigentes para el 2016 son:
- Deducción por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años, mayores de 65 años y personas con discapacidad. Esta deducción supone un alivio al haber desaparecido la deducción estatal por arrendamianto de vivienda habitual salvo para casos muy concretos de alquileres anteriores al 2015
- Deducción por cuidado de familiares, menores de 3 años, mayores de 70 años o familiar con un 65% de discapacidad.
- Obras de mejora en cualquier vivienda de su propiedad, siempre que esté situada en Cantabria. No es aplicable a cualquier mejora sino que los requisitos esta establecidos en la normativa.
- Donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. Esta deducción fomenta el apoyo al emprendimiento y es recurrente en diversas comunidades autónomas.
- Por gastos de enfermedad: Se recupera, ya desde el 2015, este tipo de deducción que eran frecuente hace muchos años. En este caso es deducible el 10% de los importes pagados como honorarios profesionales, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar, por motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.
Se deberá tener factura y estar pagado mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito para poder practicar la deducción.
También será deducible el 5% del importe del seguro medico no obligatorio que el contribuyente suscriba para el mismo o para las personas que se incluyan en el mínimo familiar.
Es importante revisar todos los requisitos exigidos en la normativa para aplicar las deducciones ya que hay límites, excepciones, etc.
Como siempre, desde Asienta Asesores nos ponemos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda que os pueda surgir y estudiar cada caso individual.