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Tal y como veníamos haciendo todos los meses, a continuación os presentamos las obligaciones fiscales para el mes de septiembre. En general, sólo las grandes empresas, que son las obligadas a la declaración mensual, tienen cita este mes con Hacienda.

Así, hasta el 20 de septiembre existe plazo para presentar la declaración mensual relativa a los meses de julio y agosto de las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta (mod.111), ganancias derivadas de acciones junto a las participaciones de las instituciones de inversión colectiva (mod.115), capital mobiliario (mod.123), etc. así como los modelos (303, 322, 340, etc.) relativos al IVA de los meses de julio y agosto.