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Recientemente se ha dado a conocer el Proyecto de Orden por la que se modifican los módulos del régimen simplificado del IVA aprobados por la Orden EHA/3257/2011 (Método de estimación objetiva del IRPF y Régimen especial simplificado del IVA para 2012); iniciativa que se concretará con la probable aprobación definitiva de la orden durante el mes de octubre

Tal y como hemos comentado, el RD-Ley 20/2012 (Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad) introdujo diversas modificaciones, entre ellas, la sonada subida del IVA; por la cual además de incrementarse los tipos impositivos, algunos bienes y servicios pasaban a tributar a un tipo distinto a partir del 1 de septiembre de 2012.

Pues bien, con este Proyecto de Orden, se pretende realizar una revisión de los módulos a fin de actualizar su importe en paralelo a la citada subida de tipos impositivos, disponiendo, para los módulos no monetarios, una tabla única que incorpora el aumento distribuido a lo largo de todo el año. De este modo, se evita la utilización de dos tablas, una hasta el 31 de agosto con los módulos sin aumento y otra desde esa fecha hasta el 31 de diciembre, con la totalidad del incremento previsto..

Como consecuencia de esta modificación, la disposición adicional primera establece un plazo especial de renuncia, desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden y a lo largo del mes de noviembre de 2012, que exclusivamente podrá realizarse de forma expresa en aras de una mayor seguridad jurídica.

En cuanto se publique la orden definitiva os informaremos de todo los cambios.

Más info sobre el RD-Ley 20/2012 en ‘Novedades fiscales y laborales tras la reforma de julio de 2012. RDL 20/2012 (I)’, ‘Subida de las retenciones a profesionales. Novedades fiscales y laborales del RDL 20/2012 (II)’ y ‘Novedades en materia de bonificaciones, producidas por la entrada en vigor del RDL 20/2012 (III)’